Diciembre 10 de 2020

 Elementos a tener en cuenta al momento de solicitar la realización de un avalúo 
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1. No todos los inmuebles se valúan por mercado como tradicionalmente se hace, el método depende de cada caso en particular y debe estar sustentado en cada caso.
2. Actualmente no existe un método o tarifa estandard para estimar el cobro de un avalúo. El costo depende de muchos factores entre los cuales está la ubicación, el tipo de predio y el tipo de avalúo por lo cual no se puede generalizar que el costo es del 1x1000 del valor catastral o comercial, ya que esto puede resultar en valores muy por debajo del costo real del mismo o en valores excesivamente altos que no son coherentes con el trabajo realizado. Así mismo, el costo de un avalúo no puede estar supeditado al resultado del mismo, ya que esto puede alterar la objetividad del valuador y la estimación del valor del inmueble.
3. El avalúo debe estar sustentado por un informe que soporte la investigación técnica, jurídica y económica del estudio, que de fe de los resultados obtenidos y de la credibilidad del valuador, y donde el mismo debe cumplir con unos contenidos mínimos según lo definido por la ley.
4. Anterior a la Ley 1673 de 2013, cualquier persona con o sin conocimiento podía realizar un avalúo sin asumir ninguna responsabilidad sobre el mismo. Posterior a la mencionada ley, se estableció que el avalúo debe ser realizado por una persona con conocimiento especializado e inscrito en el RAA; y que al ser catalogada como una actividad de riesgo social, el valuador tiene una responsabilidad con sanciones civiles y penales ante su incumplimiento. De ahí que la profesionalización del oficio hace que los costos de realización de un avalúo varíen y aumenten en comparación con los que tradicionalmente se hacían.
5. Las normas aplicables a los avalúos no son solo las mencionadas en el Decreto 1420 de 1998 y la Resolución 620 de 2008 del IGAC. Existen otras normas de estricto cumplimiento por parte del valuador y que en la mayoría de los casos no son tenidas en cuenta, las cuales también son desconocidas por los usuarios. Es deber del valuador informar sobre las mismas y aplicarlas.


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